Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Qué significa en la práctica
Es la cláusula de cierre formal que tienen todos los decretos del Poder Ejecutivo. Ordena que el decreto sea publicado en el Boletín Oficial (lo cual le da validez ) y que quede archivado en el Registro Oficial. No tiene contenido sustantivo propio.
Efectos prácticos
•La publicación en el Boletín Oficial (BO Nº 32101, 2 de marzo de 2011) es el acto que le da vigencia al decreto frente a todos.
•Desde esa publicación el decreto es exigible y los organismos del Estado no pueden alegar desconocimiento.