Resumen ejecutivo
Reemplaza el marco normativo de la Gendarmería Nacional. Aprueba un nuevo Estatuto de la Fuerza —que regula el estado militar del gendarme, las jerarquías, los ascensos, los haberes, los retiros y las pensiones— y deroga en su artículo 3° la Ley de Gendarmería Nacional, la Ley Orgánica de Gendarmería vigente desde 1971. Deroga además los Art. 2 — Ley 18.711. Lo dictó el Poder Ejecutivo no como un decreto común sino como , en ejercicio de las facultades que le delegó el Congreso por la Ley de Bases 27.742 (artículo 3°, incisos a y b, que lo habilitan a reorganizar y modificar organismos creados por ley); por eso puede derogar una ley sin pasar por el Congreso, sujeto al control de la Comisión Bicameral Permanente. Rige desde su publicación, el 8 de julio de 2025.Objetivo
Consolidar en un solo Estatuto el régimen del personal de la Gendarmería Nacional, disperso hasta entonces en la Ley de Gendarmería Nacional y normas sucesivas.Problema que resuelve
La ley orgánica de Gendarmería databa de 1971 y sus misiones, funciones y régimen de personal se habían ido modificando de manera dispersa a lo largo de medio siglo, sin un cuerpo único que los ordenara.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes