Resumen ejecutivo
El 30 de mayo de 2018 el Congreso sancionó el proyecto de Ley vetada de tarifas, que declaraba la Emergencia Tarifaria hasta el 31 de diciembre de 2019. Disponía que, desde el 1° de noviembre de 2017 y para 2018 y 2019, los aumentos de las tarifas de energía eléctrica, gas natural y agua no excedieran el Coeficiente de Variación Salarial (CVS), con excepción de los usuarios de gas domiciliario de categoría R.3.4 y superiores y de electricidad de categoría R.7 y superiores; que los aumentos para las MiPyME y las cooperativas de trabajo de fábricas o empresas recuperadas no excedieran el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) del INDEC; que se generara un crédito a favor de los usuarios que hubieran pagado de más; que se prohibieran nuevos cargos a la sin autorización expresa del Congreso; que se instituyera el Régimen de Equidad Tarifaria Federal y se creara el Régimen Nacional y Universal de Beneficiarios de la Tarifa Social de Servicios Públicos con su registro; y que el aumento del precio máximo de referencia de la garrafa de GLP no excediera el CVS. Al día siguiente el Poder Ejecutivo lo observó en su totalidad, invocando el Art. 83 — Constitución Nacional y la de la Corte Suprema según la cual fijar tarifas y cuadros tarifarios es exclusiva del poder administrador, citando entre otros el fallo Ventaffridda c/ Cía. Unión Telefónica (Fallos: 184:306, 1939). El Congreso no insistió: el proyecto nunca fue ley.Objetivo
Impedir que entrara en vigencia el proyecto de Ley vetada de tarifas, que congelaba en términos reales las tarifas de luz, gas y agua y retrotraía los cuadros tarifarios a noviembre de 2017.Problema que resuelve
El Congreso había sancionado un límite legal a los aumentos tarifarios en plena suba de las tarifas de servicios públicos; el Ejecutivo sostuvo que fijar tarifas es una exclusiva de la administración y no del Legislativo.A quiénes alcanza
Obligaciones
Derechos que reconoce
Casos de uso
Preguntas frecuentes