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Decreto 90/2025

VigenteDecretoNacional

Burocracia Cero: relevamiento normativo para derogar normas obsoletas

Sanción:13 de febrero de 2025Promulgación:13 de febrero de 2025BO:17 de febrero de 2025Ver fuente oficial
6artículos
DesregulaciónReforma del EstadoSimplificación administrativaDerogación de normasAnálisis de impacto regulatorioAdministración Pública Nacional
Contexto de la ley

Resumen ejecutivo

El Burocracia Cero, conocido como "Burocracia Cero", instruye a las jurisdicciones y entidades del Art. 8 — Administración Financiera a realizar un relevamiento de todas las normas vigentes bajo su órbita (leyes, , decretos delegados y decretos reglamentarios y autónomos) y a proponer la derogación o modificación de aquellas que encuadren en seis criterios: objeto cumplido o plazo vencido, obsolescencia o redundancia, trámites o registros innecesarios, restricciones a la oferta de bienes y servicios, sobrecostos sin interés público suficiente y creación de monopolios o barreras de entrada artificiales. El Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado es la y recibe los informes. No deroga por sí mismo ninguna norma: es el paso de diagnóstico que alimenta futuras derogaciones.

Objetivo

Detectar y proponer la eliminación de la normativa estatal obsoleta, redundante o que obstaculiza la actividad económica y la libre , para reducir la carga burocrática sobre ciudadanos y empresas y mejorar la eficiencia de la Administración Pública.

Problema que resuelve

El Estado acumula miles de leyes, decretos y resoluciones, muchas superpuestas, vencidas o que crean trámites y restricciones sin justificación. No existía un mecanismo sistemático para que cada organismo revisara y depurara su propio stock normativo.

A quiénes alcanza

Jurisdicciones y entidades de la Administración Pública NacionalMinisterios y organismos del EstadoFuncionarios y áreas jurídicas de cada organismoCiudadanos y empresas (de forma indirecta)
Análisis jurídico

Obligaciones

  • Realizar un relevamiento de todas las normas vigentes de la de cada organismo
  • Remitir al Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado un informe con el listado de leyes, , decretos delegados y decretos reglamentarios y autónomos
  • Proponer, con la debida motivación, qué normas derogar o modificar según los seis criterios del artículo 3°
  • Cumplir dentro del plazo fijado (30 días corridos, luego ampliado a 120 por la Resolución 32/2025)

Casos de uso

  • Un ministerio audita sus resoluciones y propone derogar un registro que ya no cumple ninguna función
  • El área jurídica de un organismo detecta un trámite que duplica otro y lo eleva para su eliminación
  • Una cámara empresaria puede rastrear qué normas de su sector fueron marcadas para revisión

Preguntas frecuentes

No. Por sí mismo no elimina ninguna norma: ordena un relevamiento y obliga a cada organismo a PROPONER qué derogar o modificar. Las derogaciones concretas se instrumentan después mediante otros decretos o proyectos de ley.