Ley 93/2.026

Artículo 5Convalidación de adhesiones previas (Decreto 353/2025)

Texto oficial

Los contribuyentes que hubieran adherido a la modalidad simplificada de declaración jurada prevista en el Decreto N° 353 del 22 de mayo de 2025 y su modificatorio deberán convalidar dicha adhesión a fin de acreditar el cumplimiento de los parámetros del Régimen del Capítulo III del Título II de la Ley de Inocencia Fiscal, en las condiciones que determine la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA).

Qué significa en la práctica

Quienes ya estaban en el régimen simplificado anterior (Decreto 353/2025) deben confirmar su adhesión y demostrar que cumplen los nuevos requisitos de la Ley de Inocencia Fiscal.
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