Ley 26.639

Artículo 3Inventario Nacional de Glaciares

Texto oficial

Créase el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo.

Qué significa en la práctica

Crea el Inventario Nacional de Glaciares (ING): un registro exhaustivo de todos los glaciares y formas periglaciales del país. El inventario no es solo un listado — incluye toda la información necesaria para controlar y monitorear el estado de cada cuerpo de hielo. Es la herramienta clave para saber qué existe y poder fiscalizar si está siendo afectado.

Ejemplo práctico

Cuando Barrick Gold impugnó la ley, el IANIGLA presentó el inventario mostrando qué geoformas periglaciales existían en la zona de Pascua-Lama

Efectos prácticos

  • El IANIGLA completó el primer inventario en 2018: identificó más de 16.000 glaciares en Argentina
  • El inventario es la base para determinar si una actividad está en zona glaciar o periglacial
  • Sin inventario no hay fiscalización efectiva: la ley lo convierte en instrumento obligatorio del Estado
  • El inventario debe actualizarse cada 5 años (art. 4)
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