Ley 27.801

Artículo 22Suspensión de la prescripción de la acción penal

Texto oficial

Además de las causales previstas en el Código Penal, la de la acción penal para los delitos en cuyo juzgamiento se aplique esta ley se suspende en los supuestos de: a) delitos para cuyo juzgamiento fuera necesaria la resolución de cuestiones previas o prejudiciales que deban ser resueltas en otro juicio; b) sustanciación de los procedimientos de ; c) intervención del profesional previsto en la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657. Finalizada la causa de la suspensión, se reanuda el plazo de la de la acción penal.

Qué significa en la práctica

La (el plazo para que el Estado pierda el derecho de perseguir el ) se suspende en tres casos adicionales a los del Código Penal: cuestiones prejudiciales en otro juicio, durante una , o cuando interviene un profesional de salud mental. Cuando cesa la causa, el plazo retoma.

Ejemplo práctico

Adolescente imputado cuyo caso ingresa a mediación → la prescripción queda suspendida durante todo el proceso de mediación

Efectos prácticos

  • Durante una mediación penal juvenil, el plazo de prescripción no corre
  • Si hay una cuestión prejudicial (ej. determinación de paternidad necesaria para el proceso), la prescripción se suspende
  • La intervención de un profesional de salud mental (ley 26.657) también suspende el plazo
  • Al cesar la causa de suspensión, se retoma el plazo desde donde estaba — no desde cero
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