Ley 27.742

Artículo 109Plazo de la concesión de explotación — reforma art. 19 ley 17.319

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 19 — Ley 17.319: el plazo de la concesión de explotación convencional es de veinticinco (25) años, prorrogables por diez (10) años adicionales si se cumplen los compromisos de inversión y producción.

Qué significa en la práctica

Una empresa que obtiene una concesión convencional puede explotarla por 25 años (más 10 si se portó bien). Al vencer la concesión, el yacimiento vuelve al Estado. Las concesiones no convencionales (shale) tienen su propio plazo de 35 años.

Efectos prácticos

  • La certeza del plazo es fundamental para que los inversores puedan financiar proyectos
  • La prórroga de 10 años incentiva el cumplimiento de los compromisos durante los primeros 25
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