Artículo 112Condiciones de la concesión de explotación — reforma art. 28 ley 17.319
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 28 — Ley 17.319: las condiciones básicas de toda concesión de explotación incluyen: plan de desarrollo aprobado, compromisos mínimos de inversión, cronograma de producción estimado y constitución de garantía.
Qué significa en la práctica
Al otorgarse una concesión, la empresa se compromete a un plan: cuánto invertir, cuándo producir, cuánto producir. No se puede obtener la concesión y "guardarla" sin explotar.
Efectos prácticos
•Obliga a las empresas a un compromiso real de inversión como condición de la concesión
•El incumplimiento del plan es causal de rescisión (ver art. 123)