Artículo 120Prórroga del permiso de exploración — reforma art. 37 ley 17.319
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 37 — Ley 17.319: el permiso de exploración puede prorrogarse por hasta un período adicional si el permisionario puede demostrar hallazgos promisorios o circunstancias excepcionales que justifiquen continuar explorando.
Qué significa en la práctica
Si una empresa está explorando y encontró señales prometedoras pero necesita más tiempo para confirmarlas, puede pedir una prórroga. El Estado evalúa si hay motivos reales o si es solo una excusa para retener el bloque.
Efectos prácticos
•La prórroga es discrecional: el Estado puede negarla si no hay hallazgos que lo justifiquen
•Evita que el permisionario use la prórroga como herramienta para acaparar bloques