Ley 27.742

Artículo 123Rescisión de la concesión — reforma art. 59 ley 17.319

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 59 — Ley 17.319: la concesión puede rescindirse por: incumplimiento reiterado del plan de desarrollo; falta de pago de regalías; infracciones muy graves; o causas de que hagan imposible la continuidad de las operaciones.

Qué significa en la práctica

El Estado puede quitarle la concesión a una empresa que no cumple. Pero antes tiene que darle la oportunidad de defenderse y corregir. La rescisión es el último recurso, no el primero.

Efectos prácticos

  • El proceso previo a la rescisión da garantías al concesionario de poder corregir
  • La rescisión libera el área para una nueva licitación
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