Ley 27.742

Artículo 141Mercado eléctrico mayorista — operación y CAMMESA

Texto oficial

Sustitúyese artículo de la Ley 24.065: CAMMESA (Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico) opera el despacho de generación. Se ajustan sus funciones para acomodar los contratos bilaterales del art. 129 y el almacenamiento del art. 137.

Qué significa en la práctica

CAMMESA es la "sala de control" del sistema eléctrico: decide qué generadoras encienden y cuándo, en tiempo real. Con los nuevos contratos bilaterales y los comercializadores, CAMMESA debe integrar más actores en su operación.

Efectos prácticos

  • CAMMESA debe incorporar los contratos bilaterales en su despacho para mantener el balance de la red
  • El sistema técnico de CAMMESA debe adaptarse a mayor variabilidad (renovables + almacenamiento)
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