Artículo 148Autorización para producción de biocombustibles — simplificación
Texto oficial
Sustitúyese artículo de la Ley 26.093: la habilitación para producir biocombustibles se simplifica. Las plantas ya habilitadas no requieren re-habilitación. Nuevas plantas se habilitan por declaración jurada, con inspección posterior.
Qué significa en la práctica
En lugar de pedir autorización antes de construir la planta, las empresas pueden hacerlo con una declaración jurada y recibir la inspección después. Reduce la burocracia de entrada al sector.
Efectos prácticos
•Agiliza la apertura de nuevas plantas de biocombustibles
•La inspección posterior en lugar de la autorización previa reduce el tiempo de habilitación