Ley 27.742

Artículo 150Registro de productores de biocombustibles — ley 26.093

Texto oficial

Sustitúyese artículo de la Ley 26.093: los productores de biocombustibles deben inscribirse en el Registro de Empresas Productoras. La inscripción es condición para vender al mercado interno de mezcla obligatoria y para exportar.

Qué significa en la práctica

Solo pueden producir biocombustibles para el mercado regulado las empresas habilitadas e inscriptas. El registro es la herramienta de control de quién puede vender.

Efectos prácticos

  • El registro digital y público permite auditar quién produce y cuánto
  • La inscripción es condición para cobrar el precio regulado
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