Ley 27.742

Artículo 151Sanciones en el mercado de biocombustibles — ley 26.093

Texto oficial

Sustitúyese artículo de la Ley 26.093: las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de mezcla o por adulteración de biocombustibles incluyen multas y revocación del registro. Las multas se actualizan por IPC.

Qué significa en la práctica

Quien no cumpla con la mezcla obligatoria (la refinadora que vende gasoil sin el porcentaje de biodiesel) o adultera el biocombustible puede ser multado y perder el registro. Protege la integridad del sistema.

Efectos prácticos

  • La multa actualizada por inflación mantiene poder disuasorio
  • La adulteración de biocombustibles daña motores y mecanismos: la sanción es severa
← Ver en Ley de Bases completaLeyes