El plazo para adherirse al RIGI será de dos (2) años, contados a partir de la entrada en vigencia del presente régimen.
El Poder Ejecutivo nacional podrá prorrogar por única vez la vigencia del plazo para acogerse al RIGI por un período de hasta un (1) año a contar desde el vencimiento del plazo anterior.
(Nota Infoleg: por art. 1° del Decreto N° 105/2026 B.O. 19/2/2026 se prorroga la vigencia del plazo para acogerse al Régimen de Incentivo de Grandes Inversiones (RIGI) por el período de UN (1) año a contar desde el 8 de julio de 2026.)
Qué significa en la práctica
Originalmente el RIGI tenía 2 años de ventana de adhesión (julio 2024 - julio 2026). El Poder Ejecutivo usó su única facultad de prórroga y extendió el plazo hasta julio de 2027 mediante Decreto 105/2026. Una vez que vence ese plazo, no se pueden presentar nuevas solicitudes de adhesión.
Efectos prácticos
•El plazo límite actual para adherirse es julio de 2027
•Proyectos que no se inscriban antes de ese plazo no pueden acceder a los beneficios RIGI
•El PEN ya usó su única prórroga; no puede haber otra sin modificar la ley
•Los proyectos presentados dentro del plazo gozan de protección por 30 años, aun cuando la adhesión formal se resuelva después