Ley 27.742

Artículo 189Crédito del impuesto a los débitos y créditos bancarios

Texto oficial

Los VPU adheridos al RIGI podrán computar el cien por ciento (100%) de los importes abonados y/o percibidos en concepto del impuesto sobre los débitos y créditos en cuentas bancarias, establecido por la Ley 25.413 y su reglamentación, como crédito del impuesto a las ganancias.

Qué significa en la práctica

El "impuesto al cheque" (0,6% sobre todos los movimientos bancarios) que pagan los proyectos RIGI se descuenta íntegramente del impuesto a las ganancias. En el régimen general sólo se permite deducir el 33% o el 17%. Este beneficio elimina el efecto del impuesto al cheque para los VPU.

Ejemplo práctico

Un VPU con $50M de movimientos bancarios mensuales paga $300.000 de impuesto al cheque. En el régimen general sólo puede descontar el 33% de ganancias ($99.000); bajo el RIGI descuenta el 100% ($300.000), eliminando el costo neto del impuesto

Efectos prácticos

  • En la práctica, los proyectos RIGI no pagan impuesto al cheque en términos netos
  • El ahorro anual puede ser significativo en proyectos con grandes movimientos bancarios
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