Las sanciones dispuestas por la podrán ser recurridas por el VPU ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, dentro de los treinta (30) días hábiles de su . La interposición del recurso suspenderá la ejecución de la sanción, salvo en lo que respecta al cese del régimen que producirá efectos desde la de la resolución de la .
Qué significa en la práctica
Si el VPU no está de acuerdo con la sanción, puede apelarla ante la justicia federal en 30 días. Mientras dure la , la sanción no se ejecuta (excepto el cese del régimen, que sí opera aunque puede pedirse una para suspenderlo durante el juicio).
Ejemplo práctico
La Autoridad sanciona con cese a un VPU por actividades fuera del objeto único. El VPU recurre en 30 días hábiles ante la Cámara Federal y pide medida cautelar. Si la cautelar es concedida, el proyecto sigue operando con todos los beneficios RIGI hasta que haya sentencia firme
Efectos prácticos
•El VPU puede seguir operando mientras apela multas
•El cese del RIGI sí es inmediato, pero puede revertirse si la justicia concede una medida cautelar
•El ámbito judicial es la Cámara Federal en lo Contencioso Administrativo, especializada en casos contra el Estado