Ley 27.742

Artículo 24Principios de buena administración — reforma art. 1° ley 19.549

Texto oficial

Sustitúyese el Art. 1 — Ley 19.549 por el siguiente, incorporando entre los principios del procedimiento administrativo los de "buena administración", "confianza legítima", "celeridad", "economía procedimental" y "transparencia".

Qué significa en la práctica

Moderniza los principios que guían la actuación del Estado frente al ciudadano. La "buena administración" obliga al Estado a actuar de manera diligente y razonable; la "confianza legítima" impide que el Estado cambie sus criterios de manera repentina en perjuicio del administrado.

Efectos prácticos

  • Si el Estado reiteró un criterio durante años, no puede revertirlo abruptamente sin compensar a quienes actuaron de buena fe
  • Los principios de celeridad y economía obligan a tramitar expedientes sin demoras innecesarias
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