Artículo 26Competencia administrativa y delegación — reforma art. 3° ley 19.549
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 3 — Ley 19.549 sobre de los órganos administrativos, ampliando las facultades de delegación y avocación para agilizar la toma de decisiones en la estructura del Estado.
Qué significa en la práctica
Permite que los funcionarios de mayor rango deleguen más fácilmente en sus subordinados y también que "avoquen" (retomen) decisiones que habían delegado. Busca agilizar la toma de decisiones en la burocracia estatal.
Efectos prácticos
•Reduce la necesidad de que el ministro firme personalmente cada resolución si delega en el secretario
•Facilita la reorganización interna del Estado sin necesitar modificar la ley