Artículo 30Vista del expediente — reforma art. 38 ley 19.549
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 38 — Ley 19.549 sobre el derecho de vista del expediente. Se amplía el acceso del administrado al expediente, incluyendo la vista electrónica sin necesidad de concurrir al organismo.
Qué significa en la práctica
Cualquier persona que tenga un expediente abierto ante el Estado puede ver su contenido sin necesidad de ir físicamente a la oficina. A través del portal del organismo se puede leer y descargar el expediente.
Efectos prácticos
•Elimina la "cita previa" para ver expedientes que antes requería presentarse en ventanilla
•El abogado del administrado puede acceder remotamente al expediente desde su estudio