Sustitúyese el Art. 25 — Ley 25.164: se amplía la facultad de suspensión preventiva del agente a 120 días (antes era de 30 días prorrogables). La suspensión preventiva se puede ordenar cuando el empleado con su presencia pueda entorpecer la investigación.
Qué significa en la práctica
Si se inicia un sumario por corrupción a un empleado que maneja fondos, el Estado puede suspenderlo preventivamente por hasta 120 días para que no "limpie las pruebas" o intimide testigos. Esta suspensión es sin goce de si la falta imputada es grave.
Efectos prácticos
•Permite actuar rápidamente ante casos graves de corrupción o irregularidades sin esperar el sumario completo
•Si el empleado es sobreseído, tiene derecho a cobrar los haberes suspendidos