Artículo 51Evaluación de desempeño — reforma art. 32 ley 25.164
Texto oficial
Sustitúyese el Art. 32 — Ley 25.164: se establece un sistema obligatorio y periódico de evaluación de desempeño. Las evaluaciones son anuales, deben ser objetivas y documentadas, y sus resultados son vinculantes para ascensos y cesantías.
Qué significa en la práctica
Instala la cultura de evaluación anual en el Estado. Cada año, el jefe evalúa al empleado con criterios documentados y comunicados previamente. El resultado alimenta la carrera: los buenos se promueven, los malos reiterados pueden cesarase.
Efectos prácticos
•Las áreas de RRHH deben implementar sistemas de evaluación con criterios objetivos y auditables
•Un empleado puede impugnar una evaluación que no respetó los criterios previamente comunicados