Artículo 57Disponibilidad — régimen del agente sin destino, reforma ley 25.164
Texto oficial
Regúlase el régimen de disponibilidad: el agente público que no pueda ser reasignado percibe durante la disponibilidad el 80% de su por un período máximo de 12 meses, al cabo del cual cesa la relación de empleo con derecho a la del Art. 11 — Ley 25.164.
Qué significa en la práctica
La disponibilidad es el limbo del empleado público: no tiene un puesto asignado pero sigue cobrando (el 80% del ). En 12 meses, el Estado debe o reasignarlo o indemnizarlo. Es la única forma de desvincular a un empleado de planta sin sumario.
Ejemplo práctico
Al fusionarse dos secretarías, 50 agentes pasan a disponibilidad. En 12 meses, 30 son reasignados. Los 20 restantes cesan la relación laboral y cobran la indemnización
Efectos prácticos
•El período de 12 meses al 80% del sueldo es un costo real para el Estado al reducir organismos
•Si el agente rechaza un destino razonable ofrecido, puede perder el beneficio