Ley 27.742

Artículo 76Regularización de relaciones laborales no registradas

Texto oficial

Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas.

Qué significa en la práctica

Argentina tiene un problema crónico de empleo informal: millones de trabajadores que no están registrados ante la AFIP y la seguridad social, lo que los priva de obra social, jubilación y asignaciones. El Art. 76° abre una ventana de regularización: los empleadores pueden declarar esos trabajadores "en blanco" con beneficios importantes (condonación de deudas, extinción de acciones penales).

Ejemplo práctico

Un restaurante tenía a un cocinero trabajando 8 horas diarias pero lo tenía declarado solo 4 horas. El art. 76° le permite rectificar la registración pagando la diferencia de aportes con condonación parcial

Efectos prácticos

  • Aplica solo a relaciones laborales que ya existían antes de la promulgación (no habilita nuevas contrataciones informales)
  • El empleador puede regularizar relaciones "deficientemente registradas" (por ejemplo, declaradas con menos horas o salario menor al real)
  • Es opcional para el empleador, no obligatorio
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