Artículo 76Regularización de relaciones laborales no registradas
Texto oficial
Los empleadores podrán regularizar las relaciones laborales vigentes del sector privado iniciadas con anterioridad a la fecha de promulgación de la presente ley. La regularización podrá comprender relaciones laborales no registradas o relaciones laborales deficientemente registradas.
Qué significa en la práctica
Argentina tiene un problema crónico de empleo informal: millones de trabajadores que no están registrados ante la AFIP y la seguridad social, lo que los priva de obra social, jubilación y asignaciones. El Art. 76° abre una ventana de regularización: los empleadores pueden declarar esos trabajadores "en blanco" con beneficios importantes (condonación de deudas, extinción de acciones penales).
Ejemplo práctico
Un restaurante tenía a un cocinero trabajando 8 horas diarias pero lo tenía declarado solo 4 horas. El art. 76° le permite rectificar la registración pagando la diferencia de aportes con condonación parcial
Efectos prácticos
•Aplica solo a relaciones laborales que ya existían antes de la promulgación (no habilita nuevas contrataciones informales)
•El empleador puede regularizar relaciones "deficientemente registradas" (por ejemplo, declaradas con menos horas o salario menor al real)