Artículo 107Prohibición de pago en mercaderías, vales, fichas o similares
Texto oficial
Está prohibido el pago de salarios en mercaderías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo de moneda. El deberá abonarse en moneda de curso legal, mediante depósito en cuenta bancaria del trabajador, en cheque o en efectivo.
Qué significa en la práctica
El debe pagarse en dinero real (pesos), por transferencia bancaria, cheque o efectivo. Está prohibido pagar con productos de la empresa, vales propios, fichas o cualquier otro sustituto de dinero. El "pago" en mercaderías no es pago válido.
Ejemplo práctico
Una panadería que paga a sus empleados con pan y facturas en lugar de dinero viola el art. 107; los empleados pueden reclamar el sueldo en dinero
Efectos prácticos
•Un empleador no puede pagar el sueldo con productos de su empresa (ej.: cajas de alimentos)
•Las cuentas sueldo bancarias son la forma de pago más común y válida
•El cheque es válido solo si se puede cobrar sin restricciones