Ley 20.744

Artículo 123Proporcionalidad del SAC en la extinción del contrato

Texto oficial

Cuando se opere la extinción del de trabajo por cualquier causa, el trabajador o sus derechohabientes tendrán derecho a percibir la parte del que correspondiere al período trabajado en el semestre respectivo.

Qué significa en la práctica

Cuando termina la relación laboral por cualquier causa (despido, renuncia, jubilación, fallecimiento), el trabajador tiene derecho al SAC proporcional a los meses trabajados en el semestre en curso. No importa la causa de la salida: siempre se cobra el SAC proporcional.

Ejemplo práctico

Trabajador despedido el 15 de octubre: cobra el SAC proporcional de julio 1 a octubre 15, es decir, aproximadamente 3,5/12 partes del semestre

Efectos prácticos

  • Si te despiden en septiembre, te deben el SAC de julio, agosto y septiembre (3/12 del total del semestre)
  • Si renunciás, también te deben el SAC proporcional
  • En caso de fallecimiento, los herederos o derechohabientes cobran el SAC proporcional
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