En caso de daños graves e intencionales causados al empleador, éste podrá demandar al trabajador la reparación del perjuicio y compensar la deuda con las remuneraciones. Siempre deberá quedar a salvo el importe correspondiente a un mes de del trabajador.
Qué significa en la práctica
Si el trabajador causó daños graves e intencionales al empleador, este puede reclamar judicialmente y compensar ese crédito con el , pero siempre reservando al menos un mes completo de . No se puede dejar al trabajador sin ingresos aunque le deba al empleador.
Ejemplo práctico
Un trabajador destruyó deliberadamente maquinaria por $500.000; el empleador demanda y el juez autoriza compensar contra salarios, pero reservando siempre $600.000 de sueldo mensual del trabajador
Efectos prácticos
•El empleador no puede compensar unilateralmente daños contra el salario: necesita orden judicial
•La compensación no puede reducir el sueldo a menos de un mes de remuneración
•Solo aplica para daños graves e intencionales (dolo), no para daños leves o accidentales