Ley 20.744

Artículo 145Extensión del privilegio

Texto oficial

El privilegio de los créditos salariales se extiende a las costas y a los honorarios de los profesionales que hayan representado o asistido al trabajador en el juicio respectivo.

Qué significa en la práctica

El privilegio no solo cubre el crédito laboral en sí, sino también los honorarios del abogado del trabajador y las costas del juicio. El empleador no puede pagar el crédito principal y dejar sin honorarios al letrado del trabajador.

Ejemplo práctico

El trabajador gana el juicio y se reconocen $500.000 de indemnización + $120.000 de honorarios; ambos tienen igual privilegio sobre los bienes del empleador

Efectos prácticos

  • Los honorarios del abogado del trabajador tienen la misma preferencia que el crédito laboral
  • El abogado no queda expuesto a cobrar menos que los acreedores comunes
  • Las costas incluyen tasas de justicia, gastos del proceso, peritos, etc.
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