Ley 20.744

Artículo 157Omisión del otorgamiento

Texto oficial

Si vencido el plazo para otorgar las vacaciones, el empleador no las hubiera concedido, el trabajador hará uso de ese derecho previa fehaciente de ello, de modo que aquéllas concluyan antes del 31 de mayo.

Qué significa en la práctica

Si el 30 de abril llega y el empleador todavía no dio las vacaciones, el trabajador puede tomárselas solo. Para eso tiene que notificar en forma fehaciente (carta documento o telegrama) y organizarse para que terminen antes del 31 de mayo.

Ejemplo práctico

Empleador que nunca comunicó las vacaciones. El 5 de mayo el trabajador manda un telegrama diciendo que se tomará vacaciones desde el 8 de mayo (14 días hábiles terminan antes del 31/5)

Efectos prácticos

  • El trabajador puede tomarse las vacaciones sin permiso del empleador si este incumplió el plazo legal
  • Debe notificarlo fehacientemente: telegrama o carta documento
  • Las vacaciones deben terminar antes del 31 de mayo (no pueden empezar tan tarde que terminen después)
  • Si el empleador no pagó las vacaciones al inicio, puede reclamarse también esa suma
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