En las licencias referidas en los incisos a), b), c) y d) del artículo 158, las mismas deberán comenzar a correr a partir del día hábil inmediato posterior al evento que las motiva.
Qué significa en la práctica
Las licencias por nacimiento, matrimonio, fallecimiento de familiar cercano y fallecimiento de hermano no empiezan el día del evento sino el primer día hábil siguiente.
Ejemplo práctico
Trabajador cuyo padre fallece un domingo: la licencia de 3 días corridos empieza el lunes
Efectos prácticos
•Si el evento ocurre un viernes, la licencia empieza el lunes
•Esto garantiza que los días de licencia sean hábiles y aprovechables
•La licencia por examen (inciso e) no está incluida aquí; comienza el día del examen