Ley 20.744

Artículo 18Cómputo del tiempo de servicio

Texto oficial

Cuando se concedan derechos al trabajador en función de su antigüedad, se considerará como tal al tiempo de servicio prestado en la misma empresa o establecimiento. En el caso de transferencia del establecimiento o del fondo de comercio, el tiempo de servicio anterior al acto que la motivó, se sumará al posterior cuando los trabajadores continuasen trabajando en el establecimiento.

Qué significa en la práctica

La antigüedad se cuenta desde que empezaste a trabajar en esa empresa. Si la empresa fue vendida y seguís trabajando, la antigüedad no se resetea: el nuevo dueño hereda toda tu historia laboral y debe tenerla en cuenta para indemnizaciones, vacaciones y todo lo que depende del tiempo de servicio.

Ejemplo práctico

Empresa A se fusiona con Empresa B y te pasan a trabajar para B: tus años en A cuentan para la antigüedad en B.

Efectos prácticos

  • Si trabajás 5 años en una empresa que se vende y seguís 3 años más: tenés 8 años de antigüedad
  • La antigüedad determina la indemnización por despido, los días de vacaciones y otros derechos
  • El empleador que absorbe empleados de otra empresa hereda su antigüedad completa
  • No importa si hubo cambio de razón social: lo que importa es la continuidad del vínculo
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