Ley 20.744

Artículo 218Requisitos de su validez

Texto oficial

Toda suspensión dispuesta por el empleador para ser considerada válida, deberá fundarse en justa causa, tener plazo fijo y ser notificada por escrito al trabajador.

Qué significa en la práctica

Para que una suspensión del trabajo sea válida, debe cumplir tres requisitos simultáneos: (1) tener justa causa, (2) tener un plazo determinado, y (3) notificarse por escrito. Si falta cualquiera de los tres, la suspensión es nula y el trabajador puede cobrar el de todos modos.

Ejemplo práctico

Empleador que suspende a un trabajador verbalmente "por dos semanas por bajo rendimiento": nula, porque no hay notificación escrita ni se especificó la justa causa con claridad

Efectos prácticos

  • Sin los tres requisitos, la suspensión es inválida y el trabajador puede impugnarla y cobrar salarios
  • El plazo debe ser fijo: "hasta nuevo aviso" no es válido
  • La notificación debe ser escrita: no alcanza con el aviso verbal
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