Se considera justa causa para la suspensión del trabajador, la falta grave o la disminución del trabajo no imputable al empleador, debidamente justificadas.
Qué significa en la práctica
Solo hay dos causas válidas para suspender a un trabajador: (1) una falta disciplinaria grave del trabajador, o (2) falta o disminución de trabajo que no sea responsabilidad del empleador. Ambas deben estar justificadas con evidencia real.
Ejemplo práctico
Trabajador que agredió a un compañero: justa causa disciplinaria para suspender hasta 30 días
Efectos prácticos
•La causa disciplinaria debe ser una falta verificable (robo, agresión, ausentismo reiterado, etc.)
•La disminución de trabajo debe ser real y comprobable (crisis del sector, caída de pedidos)
•La causa debe mencionarse expresamente en la notificación escrita del art. 218