Ley 20.744

Artículo 22Relación de trabajo

Texto oficial

Habrá relación de trabajo cuando una persona realice actos, ejecute obras o preste servicio en favor de otra, bajo la dependencia de ésta en forma voluntaria y mediante el pago de una , cualquiera sea el acto que le dé origen.

Qué significa en la práctica

La relación de trabajo es el hecho: la prestación efectiva de servicios. Puede surgir de un , pero también existe aunque no haya escrito o aunque el sea nulo.

Ejemplo práctico

Un trabajador comienza a trabajar antes de firmar el contrato; desde el primer día en que prestó servicios ya existe la relación laboral con todos sus derechos

Efectos prácticos

  • Aunque el contrato sea nulo, si ya hubo prestación de servicios nacen derechos laborales
  • La relación existe aunque el empleador no haya registrado al trabajador
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