Ley 20.744

Artículo 262Transmisión de privilegios

Texto oficial

Los privilegios de los créditos laborales se transmiten a los sucesores del trabajador.

Qué significa en la práctica

Si el trabajador fallece, sus herederos conservan el mismo derecho de cobro preferente que tenía el trabajador. Los privilegios pasan a los sucesores junto con el crédito.

Ejemplo práctico

Trabajador que muere con salarios adeudados: su cónyuge e hijos heredan tanto el crédito como el privilegio preferente sobre los bienes del empleador

Efectos prácticos

  • Los herederos del trabajador fallecido mantienen el privilegio especial y general sobre los bienes del empleador
  • Aplica en casos de muerte del trabajador durante el proceso concursal o posterior
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