Las partes, en ningún caso, pueden pactar condiciones menos favorables para el trabajador que las dispuestas en las normas legales, convenciones colectivas de trabajo o laudo con fuerza de tales, o que resulten contrarias a las mismas. Tales actos llevan aparejada la sanción prevista en el artículo 44 de esta ley.
Qué significa en la práctica
El empleador y el trabajador no pueden acordar condiciones peores que las que fija la ley o el . Si lo hacen, ese acuerdo es nulo de pleno derecho: se aplica la norma legal, no lo pactado.
Efectos prácticos
•Un contrato que paga menos del salario mínimo es nulo en esa cláusula
•Un acuerdo que elimina el SAC es inválido aunque esté firmado por ambas partes
•El trabajador conserva los derechos legales incluso si "aceptó" condiciones menores