Ley 20.744

Artículo 74Deber de pago de la remuneración

Texto oficial

El empleador está obligado a satisfacer el pago de la debida al trabajador en los plazos y condiciones previstos en esta ley.

Qué significa en la práctica

El empleador debe pagar el en los plazos legales: para personal mensualizado, hasta el cuarto día hábil del mes siguiente; para jornaleros, semanalmente o quincenalmente. El atraso en el pago genera intereses y puede justificar el despido indirecto.

Ejemplo práctico

El sueldo de abril debe pagarse hasta el cuarto día hábil de mayo; si el empleador paga el 10 de mayo está en mora

Efectos prácticos

  • El no pago en término habilita al trabajador a intimar al empleador con 48 horas de plazo
  • Si el empleador no paga en el plazo de intimación, el trabajador puede considerarse despedido sin causa
  • Los atrasos sistemáticos en el pago son incumplimiento contractual grave
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