Ley 20.744

Artículo 96Contrato de trabajo de temporada

Texto oficial

Habrá de trabajo de temporada cuando la relación entre las partes, originada por actividades propias del giro normal de la empresa o explotación, se cumpla en determinadas épocas del año solamente y esté sujeta a repetirse por un lapso dado en cada ciclo en razón de la naturaleza de la actividad.

Qué significa en la práctica

El de temporada existe cuando la actividad del empleador solo funciona en ciertas épocas del año y se repite en cada ciclo. Los trabajadores de temporada tienen una relación permanente pero discontinua con el empleador: vuelven cada año cuando comienza la temporada.

Ejemplo práctico

Trabajadores de cosecha de uva en Mendoza, instructores de ski en Bariloche, empleados de un balneario en la Costa: todos son trabajadores de temporada

Efectos prácticos

  • Los trabajadores de temporada acumulan antigüedad de un año a otro
  • El trabajador tiene derecho a ser convocado cada temporada y el empleador debe avisarle con anticipación
  • Si el empleador no los convoca sin causa, les debe indemnización
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