Ley 26.994

Artículo 1184Resolución

Texto oficial

Resolución. En caso de incumplimiento de las obligaciones de una de las partes en cada prestación singular, la otra sólo puede resolver el de suministro, en los términos de los artículos 1077 y siguientes si el incumplimiento es de notable importancia, de forma tal de poner razonablemente en duda la posibilidad del incumplidor de atender con exactitud los posteriores vencimientos.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de resolución. En caso de incumplimiento de las obligaciones de una de las partes en cada prestación singular, la otra sólo puede resolver el de suministro, en los términos de los Art. 1077 y siguientes si el incumplimiento es de notable importancia, de forma tal de poner razonabl

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige resolución. En caso de incumplimiento de las obligaciones de una de las partes en cada prestación singular, la otra sólo puede resolver el contrato de suministro,
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