Ley 26.994

Artículo 2456Insolvencia del donatario

Texto oficial

Insolvencia del donatario. En caso de insolvencia de alguno de los donatarios e imposibilidad de ejercer la acción reipersecutoria a que se refiere el artículo 2458, la acción de reducción puede ser ejercida contra los donatarios de fecha anterior.

Qué significa en la práctica

Establece el régimen de insolvencia del donatario. En caso de insolvencia de alguno de los donatarios e imposibilidad de ejercer la acción reipersecutoria a que se refiere el Art. 2458, la acción de reducción puede ser ejercida contra los donatarios de fecha anterior.

Efectos prácticos

  • En la práctica, este artículo rige insolvencia del donatario. En caso de insolvencia de alguno de los donatarios e imposibilidad de ejercer la acción reipersecutoria a que se refiere el artículo 2458, la acción d
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