Ley 11.179

Artículo 117Retractación

Texto oficial

El acusado de injuria o calumnia quedará exento de pena si se retractare públicamente, antes de contestar la o en el acto de hacerlo. La retractación no importará para el acusado la aceptación de su culpabilidad.

Qué significa en la práctica

Quien es querellado por injuria o calumnia puede eximirse de pena si se retracta públicamente antes o al momento de contestar la . La retractación no implica reconocer culpabilidad — es solo un mecanismo de reparación del honor que extingue la pena. Esta es la única causal de extinción de la acción disponible exclusivamente en los delitos de acción privada.

Ejemplo práctico

Un periodista querellado por calumnia puede salir en el mismo medio donde publicó la nota aclaratoria, retractarse antes de contestar la querella, y quedar exento de pena penal (sin perjuicio de la responsabilidad civil).

Efectos prácticos

  • La retractación debe ser pública y antes o al contestar la querella
  • No implica aceptar que lo dicho fue falso ni delictivo
  • Es una salida habitual en querellas por injuria/calumnia para evitar condena
← Ver en Código Penal de la Nación Argentina completaCódigos
Art. 117 — Retractación | Código Penal de la Na…