Artículo 144Privación de libertad — agravantes para funcionarios
Texto oficial
Cuando en los casos del artículo anterior concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en los incisos 1, 2, 3 y 5 del artículo 142, el máximo de la pena privativa de libertad se elevará a cinco años.
Qué significa en la práctica
Si la privación ilegal de libertad por funcionario (Art. 143) concurre con circunstancias agravantes (violencia, de autoridad, etc.), la pena máxima sube a 5 años.