Ley 11.179

Artículo 164Robo

Texto oficial

Será reprimido con prisión de un mes a seis años, el que se apoderare ilegítimamente de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con fuerza en las cosas o con violencia física en las personas, sea que la violencia tenga lugar antes del robo para facilitarlo, en el acto de cometerlo, o después de cometido para procurar su impunidad.

Qué significa en la práctica

El robo es el hurto más fuerza o violencia. La fuerza puede ser sobre las cosas (romper una cerradura, forzar una puerta) o violencia física sobre las personas. La violencia puede ocurrir antes, durante o después del apoderamiento. Pena: 1 mes a 6 años (más que el hurto).

Ejemplo práctico

Entrar a una casa rompiendo la cerradura y llevarse cosas es robo aunque no haya nadie adentro, por la fuerza en las cosas.

Efectos prácticos

  • Forzar una cerradura o romper una ventana es "fuerza en las cosas" → robo
  • Empujar, golpear o amenazar con arma es "violencia en las personas" → robo
  • La escala penal es mayor que el hurto
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