Ley 11.179

Artículo 175Defraudaciones menores

Texto oficial

Será reprimido con multa de setecientos cincuenta a doce mil quinientos pesos: 1. El que encontrare perdida una cosa que no le pertenezca o un tesoro y se apropiare de la cosa o de la parte del tesoro que no le corresponde, sin observar las prescripciones del Código Civil; 2. El que se apropiare una cosa ajena, en cuya tenencia hubiere entrado a consecuencia de un error o de un ; 3. El que vendiere la prenda sobre que prestó dinero, antes del vencimiento del término en que puede rescatarla.

Qué significa en la práctica

Defraudaciones leves sancionadas solo con multa (no con prisión): quedarse con una cosa perdida o un tesoro sin cumplir el trámite legal, apropiarse de algo que llegó por error, y vender una prenda antes del plazo de rescate.

Ejemplo práctico

Encontrar una billetera y quedársela en vez de entregarla

Efectos prácticos

  • Solo se aplica multa, no hay pena de prisión
  • Quedarse con dinero depositado en la cuenta por error bancario puede encuadrar en inciso 2
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