Ley 11.179

Artículo 182Turbación de derecho real

Texto oficial

Será reprimido con prisión de quince días a un año: 1. El que ilícitamente y con el propósito de causar perjuicio a otro sacare aguas de represas, estanques u otros depósitos, ríos, arroyos, fuentes o cualquiera otra agua corriente o la desviare de su curso normal; 2. El que, con el mismo fin, rompiere, destruyere o inutilizare diques, esclusas, compuertas u otras obras destinadas a retener el curso de las aguas.

Qué significa en la práctica

Protege el derecho al uso de aguas. Quien saca o desvía agua de represas o ríos perjudicando a otro, o destruye obras hidráulicas, comete este . Pena mínima: 15 días a 1 año.

Ejemplo práctico

Agricultor que desvia el canal de riego del vecino para su campo

Efectos prácticos

  • Relevante en conflictos rurales por derechos de agua
  • Aplica a regantes que desvían canales de irrigación
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