En los casos de primera condena a pena de prisión que no exceda de tres años, será facultad de los tribunales disponer en el mismo pronunciamiento que se deje en suspenso el cumplimiento de la pena. Esta facultad no procederá respecto de las penas de reclusión. En los casos de concurso de delitos, el tribunal podrá aplicar este beneficio si la pena impuesta al reo no fuere mayor de tres años. Igual facultad tendrán los tribunales en los casos de concursos de causas simultáneas o sucesivas, siempre que la suma total de las penas no exceda de tres años.
Qué significa en la práctica
La condena en suspenso (o "condicional") permite que el condenado no vaya a prisión aunque haya sido condenado, siempre que: (1) sea primera condena, (2) la pena no supere 3 años. El condenado cumple la pena de manera condicional: si durante el no comete nuevos delitos, la pena queda extinguida. Si reincide, va preso.
Ejemplo práctico
Un joven sin antecedentes condenado por primera vez a 2 años de prisión por un delito leve puede recibir condena en suspenso: sale del tribunal sin ir a la cárcel, pero queda bajo supervisión por 4 años.
Efectos prácticos
•Primera condena de hasta 3 años puede ser suspendida
•El condenado no va a prisión pero la condena existe en sus antecedentes
•Si comete un nuevo delito en el período de prueba, cumple ambas penas