El funcionario público que, faltando a la de su cargo, dejare de promover la persecución y represión de los delincuentes, será reprimido con inhabilitación absoluta de seis meses a dos años, a menos que pruebe que su omisión provino de un inconveniente insuperable.
Qué significa en la práctica
El funcionario que tiene de perseguir delitos y no lo hace (ej. fiscal que no acusa, policía que no investiga) comete este : inhabilitación 6 meses–2 años. Admite la exención si la omisión fue por obstáculo insuperable.
Ejemplo práctico
Fiscal que archiva casos sin investigar por favoritismo
Efectos prácticos
•Aplica a fiscales, oficiales de policía y demás con obligación legal de perseguir delitos
•La carga de la prueba del inconveniente insuperable recae en el funcionario