El que hiciere en todo o en parte un documento falso o adultere uno verdadero, de modo que pueda resultar perjuicio, será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años, si se tratare de un instrumento público y con prisión de seis meses a dos años, si se tratare de un instrumento privado.
Qué significa en la práctica
Falsificar o adulterar documentos: 1–6 años si es instrumento público (escritura, ante escribano, documento oficial), 6 meses–2 años si es instrumento privado. Debe poder causar perjuicio.
Ejemplo práctico
Falsificar un título universitario
Efectos prácticos
•Es uno de los delitos más frecuentes en el ámbito documental
•Adulterar un DNI, título universitario o escritura pública son casos típicos
•La firma falsa en un documento privado encuadra aquí