Ley 11.179

Artículo 65Prescripción de la pena

Texto oficial

Las penas se prescribirán en los términos siguientes: 1. La de reclusión perpetua, a los veinte años; 2. La de prisión perpetua, a los veinte años; 3. La de reclusión o prisión temporal, en un tiempo igual al de la condena; 4. La de multa, a los dos años.

Qué significa en la práctica

Además de que la acción penal prescribe, también la pena ya impuesta puede prescribir si el condenado se fuga o no la cumple. Penas perpetuas: 20 años. Penas temporales: el mismo tiempo que dura la pena. Multa: 2 años. Si el condenado se escapa y no es capturado durante ese tiempo, la pena prescribe.

Ejemplo práctico

Un condenado a 5 años que se fuga en 2010: si en 2015 no fue recapturado, la pena prescribió.

Efectos prácticos

  • Una condena a 8 años prescribe si el condenado se fuga y no es capturado en 8 años
  • La prescripción de la pena corre desde la condena o desde la fuga
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